A raíz de las protestas que lleva a cabo el SUOEM en distintos puntos de la ciudad de Córdoba, en las que se llevan a cabo las tradiciones “quemas de neumáticos” es muy pertinente recordar que estas prácticas están prohibidas y penadas por la ley.
La Ley provincial 9624, establece una prohibición absoluta de quemar neumáticos en todo el territorio de la provincia.
Las razones de esta ley son ambientales y de salud
Las llantas están hechas de caucho, un material que proviene del petróleo, es decir un hidrocarburo compuesto de diversas sustancias químicas orgánicas. Al quemarse, emana monóxido de carbono, dióxido de carbono y dióxido de azufre.
Los tres son gases irritantes y actúan a nivel de los pulmones, las vías respiratorias y las mucosas expuestas. La combinación de estos tres gases pueden producir crisis asmáticas, asfixia, ardor en la garganta, ganas de toser, hinchazón en la boca o incluso conjuntivitis química. Igualmente, podría generar secreciones en la nariz y a nivel de los pulmones.
Pero la combustión de llantas también arroja al aire metales pesados, es decir contaminantes orgánicos permanentes que no van a desaparecer fácilmente y que también son muy peligrosos para la salud de la población.
¿Alguna vez se aplicó esta ley en Córdoba?
En septiembre de 2019, la Justicia Administrativa Municipal de Faltas aplicó una multa de 116 mil pesos al Sindicato de Luz y Fuerza por alterar el tránsito y el corredor del transporte público y quemar neumáticos en la vía pública.