Córdoba: un Municipio deberá pagarle millones a un abogado por despedirlo en plena licencia psiquiátrica

    El fallo insta al Municipio de Alta Gracia a reincorporar al trabajador, ponerse al día con sus salarios desde 2017 y hasta reconocer su antigüedad laboral.

    En las últimas horas, la Cámara Contensioso Administrativa de 2° Nominación de la ciudad de Córdoba, y en un peculiar reves judicial, instó al Municipio de la ciudad de Alta Gracia a reincorporar a un trabajador despedido en el año 2017 y a reintegrarle económicamente aquellos derechos que le fueron negados durante su polémica cesantía.

    Se trata del dr José Murúa, un abogado que durante la gestión del exintendente Facundo Torres (actual Ministro de Empleo de la Provincia) se desempeñaba en el área de Secretaria General y Medio Ambiente de dicho Municipio. En paralelo, y según expuso en aquel entonces el asesor letrado Daniel Villar, el trabajador incurrió en una de las prohibiciones que regulaban su relación de empleo público: “Representar o patrocinar a litigantes en contra de su propia empleadora”, es decir, contra la misma administración pública municipal. Lo que puede entenderse cómo “morder la mano del que le da de comer”.

    Ante esto, el Estado municipal dejó cesante a dicho abogado y, con ello, no le permitió defensa alguna ni derecho de presentar prueba, a pesar de que para el momento de la instrucción del sumario, estaba con carpeta médica psiquiátrica.

    Pues bien, ahora y con este nuevo fallo, la Justicia hace hincapié en qué no se cumplieron garantías previstas en la ordenanza N°2147; que la administración municipal no reparó en las cuestiones de salud del empleado a la hora de sustanciar el sumario, pero si lo hizo, en cambio, a la hora de notificar dicha cesantía. Ante ello, entienden que el sumario fue sustanciado en vigencia de una carpeta médica por salud mental.

    Por otra parte, el fallo hace hincapié en la necesidad de argumentos más sólidos en cuanto a las pruebas que justifican tal cesantía y/o la falta del empleado para con la administración pública municipal.

    En este sentido, el nuevo fallo impone no solo la reincorporación inmediata del empleado a su rol de trabajo, el mismo que tenía en 2017, sino además un resarcimiento por “daño patrimonial”. Debe recibir por parte del Municipio, el pago de los salarios adeudados a la fecha y hasta se le debe de reconocer la antigüedad laboral.

    Se habla de algo más de 10 millones de pesos.