La condena para Brando Larrubia López es a 9 años y seis meses.
Para la justicia de Córdoba, el crimen contra Katherine Saavedra, asesinada a golpes por su novio en Malvinas Argentinas, no fue femicidio y la condena para Brando Larrubia López fue a 9 años y 6 meses por “homicidio preterintencional calificado por el vínculo”.
La Cámara 3° del Crimen de la ciudad de Córdoba y los jurados populares condenaron al responsable de la muerte de Katherine, ocurrida en marzo del 2021, como “autor penalmente responsable de lesiones leves calificadas por el vínculo y por mediar violencia de género” y de “homicidio preterintencional calificado por el vínculo”.
El fiscal de la causa, Marcelo Hidalgo, y la querella habían pedido que se aplique la figura del “femicidio”, cuya pena es la prisión perpetua.
A pesar de conocer la resolución, Hidalgo se mostró satisfecho con la sentencia, indicando que “al considerar ya que hay violencia de género, más allá de que no encuadre dentro de la figura, hay una respuesta muy importante para la sociedad en relación a esto”.
En diálogo con Radio Universidad y Canal 10, el funcionario señaló que “la fiscalía solicitó en subsidio que se aplicará otra figura, en el entendimiento que era plausible que el jurado popular abordará este hecho el más grave, entendiendo que Brando Larrubia López, al momento de golpearla a Katherine no había tenido la intención de asesinarla sino de golpearla. Así lo entendió el jurado popular y la fiscalía había solicitado 14 años de prisión, pero se impuso una pena de 9 años y seis meses”.
También las defensoras del imputado se mostraron conformes: Mónica Picco indicó que, si bien habían pedido la absolución de su cliente, en el juicio se demostró que la muerte de Katherine “jamás fue un femicidio”, remarcó.
Por el lado de la querella, representada por la abogada Antonella Pelanda, se mostró en total desacuerdo con la sentencia. La letrada dijo que “estamos sorprendidos, no estamos para nada conformes”.
Al ser consultada sobre la posibilidad de casar el fallo, sostuvo que “esperaremos a ver cuáles son los fundamentos de la sentencia para ver cómo vamos a proseguir (..) evaluaremos la posibilidad de ir seguramente en casación”. (Fuente: Cba24n)