La medida regirá para ambos sentidos de las rutas nacionales que atraviesan la provincia de Córdoba, a saber: 7, 8, 20, 35, 38, 158, 9 (desde Jesús María hasta La Quiaca), 19 (desde San Francisco hasta Córdoba).
La Dirección General de Policía Caminera informó que los días viernes 17, sábado 18 y el martes 21 de febrero, se establecerá una restricción en la circulación de vehículos de transporte automotor de cargas.
La medida regirá para ambos sentidos de las rutas nacionales que atraviesan la provincia de Córdoba, a saber: 7, 8, 20, 35, 38, 158, 9 (desde Jesús María hasta La Quiaca), 19 (desde San Francisco hasta Córdoba).
En las rutas nacionales mencionadas, se restringe la circulación, quedando exceptuadas las rutas nacionales 36, 60, 148 y Autopista Córdoba – Rosario.
Vehículos no incluidos en la restricción
Quedan excluidos de la restricción, entre otros, los vehículos de: a) transporte de leche cruda y sus derivados, b) transporte de animales vivos, c) transporte de productos Frutihorticolas en tránsito, d) transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales, e) atención de emergencias, f) asistencias de vehículos averiados o accidentados en el lugar del suceso o en el trasladado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío, g) cisterna de trasladado de combustibles y de gas natural comprimido, h) transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitaria domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transporta a dichos destinos, i) transporte de medicinas, j) transporte a disposición final de residuos sólidos urbanos, k) transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial y l) transporte de sebo, hueso y cueros.
Detalle de la disposición:
- El viernes 17 de febrero, desde las 7 hasta las 9.59.
- El sábado 18 de febrero, desde las 7 hasta las 9.59.
- El martes 21 de febrero, desde las 18 hasta las 20.59.