Ya fue publicada en el Boletín Oficial y rige para los haberes que se generen a partir del 1° de noviembre próximo.
Agencia Télam.
La suba del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias a 330.000 pesos a partir del 1° de noviembre próximo quedó oficializada este viernes con la publicación en el Boletín Oficial del decreto 714/2022, que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Juan Manzur; y del ministro de Economía, Sergio Massa.
“Increméntase el monto de la remuneración y/o del haber bruto, previsto en el inciso z) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, a 330.000 pesos mensuales, inclusive”, señala el artículo 1 de la norma.
La decisión de elevar al piso a partir del cual se comienza a tributar el impuesto a las Ganancias -que actualmente alcanza a los salarios mayores a $ 280.792 brutos y pasará a ser de $ 330.000- había sido anunciada el martes último por Sergio Massa.
En el marco de un acto que encabezó en Santiago del Estero, el titular del Palacio de Hacienda indicó que la medida beneficiará a casi 380.000 trabajadores.
“Estamos evitando que casi 380.000 trabajadores argentinos, cuando hacen alguna hora extra o cobran un viático o trabajan un fin de semana no terminen perdiendo lo que ganaron con su trabajo con el impuesto a las Ganancias”, remarcó en dicho acto oficial.
“Rara mantener el poder adquisitivo de los trabajadores vamos a elevar el piso del Impuesto a las Ganancias desde noviembre a $ 330.000″, sostuvo luego a través de la red social Twitter.
Asimismo, el decreto indica que quienes ganen entre $ 330.000 y $ 431.988 mensuales, tendrán un “monto deducible adicional del impuesto que, según el decreto, será establecido por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Esto significa que la AFIP establecerá una deducción menor para los primeros segmentos de ingresos que califiquen para el pago del impuesto.
Por otro lado, se incrementó de $ 280.792 a $ 330.000 el monto de la remuneración y/o del haber bruto a los fines de la exención del aguinaldo.
Esto significa que, “si el promedio de la remuneración o haber bruto mensual del segundo semestre de 2022 supera los $ 330.000, entonces el aguinaldo está íntegramente gravado por el impuesto a las Ganancias”, explicó el tributariasta Sebastián Dominguez, quien se refirió a los detalles del decreto en cuestión.
En cambio, agregó que “si el promedio del aguinaldo no supera los $ 330.000, entonces el SAC estará exento hasta la suma de $ 165.000”, y a partir de esa cifra sí comienza atributar el impuesto.
Massa ya había adelantado la medida de alivio impositivo para antes de fin de año.
Uno de los propósitos de su iniciativa era incluir la exención del aguinaldo o parte el aguinaldo en el cómputo de Ganancias, debido a la inflación de los últimos meses y donde el Gobierno se encontraba con un rezago en la actualización de los mínimos no imponibles.