Nuevo IFE de $ 94.000: quiénes lo cobran y cómo gestionarlo

La medida alcanza a los trabajadores informales que no hayan sido beneficiados por los anuncios recientes.

El Ministerio de Economía anunció este martes un refuerzo de ingresos para trabajadores informales de $ 94.000. La inscripción estará disponible a partir de este miércoles 27 de septiembre a las 14 y permanecerá abierta durante todo octubre en la página web de Anses o en la app “Mi Anses”.

Esta medida será compensada a través del cobro de un anticipo extraordinario de ganancias a grandes contribuyentes y beneficia a un sector de la población que no había sido alcanzado por las medidas económicas dispuestas en las últimas semanas para atenuar el impacto de la devaluación sufrida después de las PASO.

El refuerzo se pagará en dos cuotas: $ 47.000 a cobrar en octubre y $ 47.000 en noviembre.

Requisitos

  • Tener entre 18 y 64 años.
  • No tener ninguna prestación o asistencia del Estado ni trabajo formal.
  • No haber sido alcanzado con otras medidas anunciadas.
  • Tener Clave de la Seguridad Social.
  • Una cuenta bancaria (en caso de no tener, la persona tendrá que ir al banco a tramitarla).

Además, Anses realizará una evaluación socioeconómica y patrimonial (consumo, bienes, cobertura de salud, etc.) de los solicitantes.

Quiénes no podrán cobrar el “nuevo IFE”

  • Trabajo registrado (relación de dependencia, autónomos, monotributo, monotributo social y casas particulares).
  • Jubilación o pensión.
  • AUH, AUE, Asignaciones familiares o Progresar.
  • Planes sociales (por ejemplo, Potenciar Trabajo).
  • Prestación por desempleo.

¿De dónde saldrán los fondos?

El Ministerio de Economía destacó que para que esta medida no afecte las cuentas públicas y se mantenga el “orden fiscal“, se decidió “cobrarle un anticipo extraordinario de ganancias a aquellos sectores que fueron los grandes ganadores de la devaluación impuesta por el FMI, centralmente bancos, compañías financieras y compañías de seguro que serán notificadas en el día de mañana por la AFIP a los efectos de realizar el pago del anticipo de ganancias“.