Este miércoles por la tarde, la Legislatura aprobó una modificación a la ley 9.380, que permite a los municipios, incluyendo la Municipalidad de Córdoba, acceder a los registros de las cámaras policiales para multar a contraventores.
Hasta esta modificación, los registros de las cámaras eran resguardados por la Policía y podían ser requeridos por el Ministerio Público Fiscal, con el aval de la Justicia, para la persecución de delitos.
Con esta modificación las imágenes captadas por las cámaras policiales podrán ser utilizadas para labrar multas, en un esquema de control y recaudación de 24 horas durante los siete días de la semana.
“Las imágenes y sonidos obtenidos en el marco de la presente ley sólo pueden ser requeridos por: magistrados o fiscales avocados a la investigación o juzgamiento de causas contravensionales o penales; y municipalidades y comunas bajo la condición que fije la reglamentación”.
La ley no especifica si intervendrá un juez de Faltas, o si quedará en manos de empleados civiles.
El esquema de cámaras desplegado en la provincia es de 2.259 equipos instalados en puntos fijos, de las cuales 1.099 están en la ciudad de Córdoba. Además funcionan 1.040 montadas en 260 móviles, y seis equipos de reconocimiento facial.
Esta modificación fue aprobada por unanimidad por los legisladores de Hacemos por Córdoba, a pesar de las críticas contra el uso de las imágenes personales sin actuación de fiscales o jueces