El proyecto de ley ingresado al Congreso propone derogar la movilidad jubilatoria

Asimismo, faculta al Gobierno a establecer una fórmula automática de ajuste en las prestaciones, junto con la potestad de fijar de manera periódica los aumentos de haberes hasta que comience a regir el nuevo esquema.

El proyecto de ley enviado este miércoles al Congreso por el Poder Ejecutivo propone en uno de sus artículos la derogación de la Ley de Movilidad Jubilatoria y faculta al Gobierno a establecer una fórmula automática de ajuste en las prestaciones, junto con la potestad de fijar de manera periódica los aumentos de haberes hasta que comience a regir el nuevo esquema.

Dentro del Título III sobre Reorganización Económica, el Capítulo III de Movilidad de las prestaciones, y más precisamente el Artículo 106 del proyecto de “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, dispone la suspensión de la aplicación del artículo 32 de la Ley N° 24.241, sus complementarias y modificatorias.

Asimismo, faculta al Poder ejecutivo nacional a establecer una fórmula automática de ajuste de las prestaciones dispuestas por la Ley N° 24.241, teniendo en cuenta los “criterios de equidad y sustentabilidad económica”.

Hasta tanto se establezca una fórmula automática, el Poder Ejecutivo Nacional podrá realizar aumentos periódicos “atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos”, completa el proyecto.

Ayer, el vocero presidencial, Manuel Adorni, había informado que los haberes jubilatorios se van a “recomponer” por medio de un decreto “a la espera de un nuevo mecanismo” que reemplace la Ley de Movilidad.

Al respecto, aclaró que “lo que se va a hacer es recomponer esos salarios a través de decreto, porque no tenemos fórmula jubilatoria”, si bien la normativa aún se encuentra vigente ya que no fue derogada ni suspendida por ningún acto administrativo.