Una ordenanza sancionada de manera express por el Consejo de Representantes, con la aprobación del intendente saliente Daniel Gómez Gesteira, limita la competencia del sector inmobiliario y golpea indirectamente al turismo y a la publicidad en la vía pública.
En enero de este año, el Consejo de Representantes de Villa Carlos Paz sancionó la Ordenanza Nº 6.923, que restringe el corretaje inmobiliario y su publicidad. La normativa fue elaborada y sancionada en tiempo récord, a pesar de que tuvo alguna resistencia en el órgano legislativo debido a posibles consecuencias futuras.
La norma en cuestión, que pese a las advertencias contó con el apoyo del intendente Daniel Gómez Gesteira (Carlos Paz Unido), fue instigada por la Subdelegación Villa Carlos Paz del Colegio de Martilleros Corredores Públicos de Córdoba con el objetivo explícito de impedir la apertura en la localidad de una inmobiliaria que contrata los servicios complementarios de la red RE/MAX.
Si bien la firma opera comercialmente en Villa Carlos Paz desde hace más de una década, sus problemas comenzaron a fines de 2022 cuando completó los trámites de habilitación para sus oficinas.
A Gesteira se le reprocha que haya favorecido los intereses de un pequeño grupo de martilleros que no tienen una representación sectorial legítima, ya que la Subdelegación local se rige por la Ley Nº 7.191 de Martillero Corredor Público, considerada obsoleta e ilegal por el Colegio Profesional de Inmobiliarios de Córdoba por encontrarse derogada en lo que se refiere al corretaje inmobiliario a partir de la ley 9.445, que sí regula la actividad.
La Ordenanza Nº 6.923 “prohíbe la instalación de negocios inmobiliarios de franquicias, licencias, marcas o de cualquier otro tipo de actividades conexas, accesorias o complementarias” del sector. Además, prohíbe para las figuras antes mencionadas “la publicidad en cualquiera de sus formas, espacios o modalidades”, acotando drásticamente las posibilidades de desarrollar sus actividades a las empresas y emprendedores de la ciudad.
La medida avalada por Gesteira puso en alerta a sectores ajenos al inmobiliario, debido a que los “efectos colaterales” de la normativa van más allá de RE/MAX. En efecto, afecta en su alcance a muchos otros actores del ecosistema inmobiliario, entre ellos a los buscadores de propiedades como Zonaprop, Argenprop, Mercado Libre, Properati o Mudafy, pero también a otras empresas vinculadas a la actividad turística que intermedian en el alquiler de propiedades como Booking, Airbnb y otras plataformas similares.
También se ven afectadas las empresas de marketing y publicidad, a las cuales se les achican las posibilidades materiales concretas para desarrollar sus acciones y campañas publicitarias. Sin contar que la ordenanza establece fuertes multas y el secuestro de cartelería y materiales publicitarios.
Algunos especialistas jurídicos se han manifestado al respecto, consideran que la medida se extralimita en sus atribuciones y señalan su carácter inconstitucional por, al menos, tres factores: porque invade la órbita de actuación de un órgano jurisdiccional ya interviniente, porque contradice la letra y el espíritu de normas superiores, y porque fue emitida por un organismo incompetente.
Esto significa que, desde el punto de vista jurídico, los municipios no tienen competencia para regular el ejercicio de la profesión de los corredores inmobiliarios que, en la provincia de Córdoba, se encuentra regido por la ley 9.445. Tampoco pueden regular los actos de publicidad de estas profesiones (ni de ninguna otra), porque se trata de una facultad del Congreso de la Nación y de las provincias.