La Justicia sancionó al profesional por maltrato agravado por razones de género. También tuvo en cuenta los comentarios que le hizo a una paciente mientras la atendía por una consulta sobre congelación de óvulos.
La Justicia de Córdoba multó con $900.000 a un ginecólogo que utilizó anteojos inteligentes con capacidad para tomar fotografías y grabar videos durante una consulta médica, sin informar a la paciente sobre esa característica.
El profesional también fue sancionado por las expresiones que utilizó durante la atención, entre ellas comentarios que el juez consideró infantilizantes y descalificantes.
La resolución fue dictada el 21 de octubre por el Juzgado de Control y Faltas N° 7 de Córdoba, a cargo del juez José Milton Peralta, y se conoció públicamente este miércoles.
Qué ocurrió durante la consulta
El caso se originó cuando una mujer acudió a una consulta vinculada con la crioconservación de óvulos, un procedimiento que permite preservar la fertilidad.
Durante la atención, el médico utilizó unos anteojos Ray-Ban Meta, que cuentan con tecnología para captar imágenes y grabar videos. Sin embargo, no le informó a la paciente que llevaba un dispositivo con esas funciones.
La mujer denunció, además, que el profesional había realizado contactos físicos indebidos y que la atendió sin la presencia de personal auxiliar.
También cuestionó los comentarios que recibió durante la consulta. Según quedó acreditado en el expediente, el ginecólogo se dirigió a ella como “nena” y “nenita” y llegó a decirle: “Tenés los ovarios de una pendeja”.
Qué determinó la Justicia
Al analizar las pruebas, el juez Peralta concluyó que no había elementos suficientes para acreditar los contactos físicos indebidos denunciados por la mujer.
Tampoco encontró una obligación jurídica que exigiera la presencia de un auxiliar médico durante la consulta.
En cuanto a los anteojos inteligentes, el magistrado dio por probado que el profesional los utilizó, aunque no se demostró que hubiera tomado fotografías o grabado videos de la paciente.
Sin embargo, consideró que llevar un dispositivo con capacidad para registrar imágenes sin informar sobre ello podía generar inseguridad, especialmente durante una práctica ginecológica que involucraba la intimidad de la mujer.
Respecto de las expresiones utilizadas, el juez sostuvo que resultaron infantilizantes y descalificantes, particularmente por haberse pronunciado durante una consulta relacionada con la salud reproductiva.
Una multa y un curso obligatorio
El Juzgado de Control y Faltas N° 7 revocó la absolución que había dictado previamente la Unidad Contravencional de Género y declaró al médico responsable de la infracción de maltrato agravado por razones de género.
Para fundamentar la decisión, el magistrado tomó en cuenta la Ley Nacional 26.529 de Derechos del Paciente y el Código de Ética de la Asociación Médica Argentina, que establecen la obligación de garantizar un trato digno y respetuoso y proteger la intimidad de las personas durante la atención sanitaria.
La sentencia impuso una multa de $900.000 y la obligación de asistir a un curso educativo sobre género.
El fallo consideró que la utilización no informada de los anteojos, junto con los comentarios dirigidos a la paciente, vulneró las condiciones de respeto, confianza y seguridad que deben existir en la relación entre un médico y una persona que recibe atención.



