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Extranjeros no residentes pagarán la atención médica

El Gobierno nacional reglamentó el cobro de la atención médica habitual a extranjeros que no cuenten con residencia permanente en el país. La medida alcanza a los establecimientos sanitarios administrados por el Estado nacional y comenzará a regir desde este miércoles 12 de agosto.

A partir del nuevo esquema, quienes necesiten una consulta, estudio o intervención programada deberán presentar un seguro de salud que cubra la prestación o pagar previamente el servicio. Si no cuentan con cobertura, deberán abonar el 100% del valor establecido por el hospital antes de recibir la atención programada.

Las emergencias quedan fuera del sistema de cobro previo. Ninguna persona podrá ver negada o demorada la asistencia cuando exista riesgo para la vida, un órgano o una función vital, sin importar su situación migratoria. Si existe alguna duda sobre la gravedad del cuadro, deberá priorizarse la atención inmediata.

Los extranjeros que tengan residencia permanente mantendrán el acceso al sistema público nacional en las mismas condiciones que los ciudadanos argentinos. Para acreditarlo deberán presentar la documentación correspondiente.

Cuando el paciente tenga seguro médico, el hospital podrá facturarle directamente a la compañía. Si la cobertura resulta insuficiente, la persona deberá abonar la diferencia. Una vez superada una situación de emergencia, las prestaciones posteriores también podrán ser cobradas cuando corresponda.

La reglamentación pone en práctica los cambios introducidos en 2025 a la Ley de Migraciones y establece un procedimiento único para los hospitales dependientes del Estado nacional. El Gobierno había fundamentado la modificación en la necesidad de recuperar los costos generados por pacientes extranjeros que no residen de manera permanente en Argentina.

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