Citan a indagatoria a Claudio Tapia y Pablo Toviggino y les prohíben salir del país en una causa por $19.353 millones

También fueron convocados otros directivos de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA).

El juez en lo penal económico Diego Amarante citó a declaración indagatoria al presidente de la AFA, Claudio Tapia, y al tesorero Pablo Toviggino, en el marco de la causa que investiga la presunta apropiación indebida de aportes por $19.353.546.843,85. Además, les prohibió salir del país mientras avanza el expediente.

La decisión fue adoptada tras un pedido de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que conduce Andrés Vázquez, y que actúa como querellante en la causa. Según la denuncia, la AFA habría retenido impuestos y contribuciones de seguridad social que luego no fueron depositados dentro del plazo legal entre marzo de 2024 y septiembre de 2025.

De acuerdo con la resolución judicial, la AFA como asociación y Tapia deberán presentarse el 5 de marzo de 2026, mientras que Toviggino fue citado para el 6 de ese mes. La convocatoria alcanza a la totalidad de la comisión directiva. El magistrado advirtió sobre “la gravedad de los hechos investigados” y la “severidad de la pena en expectativa”, fundamentos que sustentaron la prohibición de salida del país.

También fueron convocados el secretario general Cristian Ariel Malaspina, el director general Gustavo Roberto Lorenzo y el ex secretario general Víctor Blanco Rodríguez, quienes deberán comparecer en distintas fechas ante el juzgado con sede en la ciudad de Buenos Aires.

La investigación abarca 69 hechos independientes y se centra en presuntas omisiones vinculadas a retenciones de IVA, Impuesto a las Ganancias —incluido el régimen del artículo 79— y contribuciones a la seguridad social. Según la documentación judicial, los montos investigados incluyen $663,3 millones en IVA, $1.998,6 millones en Ganancias, $8.016,2 millones bajo el régimen del artículo 79 y $8.675,2 millones en cargas sociales. Julio de 2025 figura como el mes con mayor cifra acumulada.

ARCA sostiene que se verifican los elementos del delito de omisión previstos en el Régimen Penal Tributario y afirma que la entidad contaba con capacidad financiera para cumplir con las obligaciones. En ese sentido, mencionó acreditaciones bancarias significativas y la constitución de plazos fijos en pesos y dólares durante el período investigado, lo que —según la querella— descartaría una imposibilidad material de pago.

La defensa de la AFA y de Tapia ya apeló ante la Cámara Nacional en lo Penal Económico el rechazo a un planteo de excepción de falta de acción, por lo que el Tribunal de Apelaciones deberá revisar esa cuestión en paralelo al avance de la instrucción.

La declaración indagatoria constituye el primer acto formal de defensa en el proceso penal. En esa instancia, el juez comunica los hechos atribuidos y las pruebas reunidas, y los imputados pueden declarar o abstenerse. La eventual responsabilidad penal de los directivos deberá determinarse a lo largo de la investigación y, en su caso, en un eventual juicio oral.

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